España es un país que está exento de la necesidad de visado para poder acceder a la República de Corea, pero solo si se cumplen una serie de condiciones. Esto significa que podrás acudir a Corea del Sur sin visado si vas por turismo, estudios, visitas familiares y conferencias o reuniones siempre y cuando ninguno de estos viajes excedan los 90 días o tengan fines lucrativos. Sin embargo, en cualquier caso deberás aportar cierta documentación y cumplir algunas condiciones. En primer lugar vamos a tratar el caso de un viaje sin necesidad de visado, por ejemplo, un viaje de turismo.
Índice de contenidos
Sin visado – Viaje de turismo
Aunque en este supuesto no sea necesario contar con un visado, tendrás que cumplir ciertas condiciones y aportar documentación. Solo necesitarás:
- Pasaporte con validez igual o superior a 6 meses y con una hoja en blanco como mínimo.
- Demostrar que posees suficientes fondos para tu estancia.
- Tener la fecha de los vuelos de ida y vuelta para demostrar que el tiempo es acorde a la estancia y no necesitas visado.
- Tener la documentación para el siguiente país de destino (solo si después de tu visita a Corea no regresas a España).
Según la compañía aérea con la que viajes, deberás confirmar algunas de las condiciones previas puesto que pueden variar.
Si una vez estés en Corea quieres ampliar tu estancia a más de 90 días, deberás solicitar un visado de extensión en la oficina de inmigración local de Corea con una antelación de mínimo un día antes de la fecha de vencimiento de tu estancia sin visado (aunque es posible que tarden 2 o 3 días en tramitarlo, así que, solicítalo con la mayor antelación posible). Para estas extensiones no se requiere un billete de vuelta pero solo se concederán por causas de fuerza mayor (accidentes, cancelación de vuelos, salud…).
Con visado
Si por las características de tu viaje no cumples las condiciones previas y sí que requieres visado, vamos a hablar de cómo obtenerlo. Para su solicitud, deberás hacerlo personalmente y con cita previa (es un paso previo obligatorio) en la Embajada de Corea en Madrid (si eres de Cataluña, de la Comunidad Valenciana o de las Islas Baleares, podrás hacerlo en el Consulado General de la República de Corea en Barcelona).
- Para solicitar cita previa en la Embajada de Madrid, puedes hacerlo mediante este enlace: https://app.bookitit.com/es/hosteds/widgetdefault/27fef5bd171c1e060596dd36f8bdfea7c#services
- Para solicitar cita previa en el Consulado de Barcelona, puedes hacerlo mediante este enlace: https://app.bookitit.com/es/hosteds/widgetdefault/2533cefa3cbe6f8d944f09f29157f44e1#services
Veamos dos ejemplos de visado: visado de negocios y visado de estudios. ¡Vamos allá!
Visado de negocios
Voy a Corea en viaje de negocios, ¿qué necesito? Si viajas por motivos de trabajo, tendrás diferentes opciones en lo que se refiere a visados.
- Si tu viaje no incluye acciones remuneradas y acudes por alguna conferencia o reunión durante menos de 90 días, no necesitarás ningún visado para entrar en el país.
- Si tu estancia incluye propósitos laborales remunerados por una empresa pero la estancia es inferior a 90 días, deberás solicitar un visado de trabajo temporal.
- Si tu estancia incluye propósitos laborales remunerados por una empresa pero la estancia es superior a 90 días, entonces deberás solicitar un visado de negocios particular según la función que vayas a desempeñar o tu cargo.
Si quieres saber más sobre qué visado de negocios es el adecuado para ti, puedes consultar este enlace y encontrar los subtipos dentro de las categorías Professional y Journalism/Religious Affairs: https://www.visa.go.kr
Visado de estudios
En caso de que estés planeando estudiar en Corea durante más de 90 días, deberás solicitar un visado. Hay dos tipos de visado de estudiante en función del tipo de estudios que vas a realizar en Corea:
- D-2; Visado para un programa de educación regular: para aquellos que cursan un programa educativo convencional en una institución educativa de Corea.
- D-4; Visado General training: para aquellos que acuden a Corea como estudiantes del idioma o como alumnos en prácticas o capacitados para realizar prácticas en empresas.
Para este tipo de visados se solicita la misma documentación:
- Formulario de solicitud (si la letra es ilegible, se denegará la petición) con foto original pequeña a color con fondo blanco.
- Pasaporte con vigencia mayor o igual a 6 meses y mínimo una hoja en blanco.
- Fotocopia de la hoja biográfica del pasaporte.
- Certificado de admisión en el centro de estudios de Corea (original o fotocopia).
- Entrega de fotocopia compulsada, legalizada y apostillada del último título de sus estudios (si el viaje se lleva a cabo durante un curso, certificado de la última matrícula legalizado y apostillado).
- Certificado compulsado, legalizado y apostillado de un saldo bancario de mínimo 15000€ en una cuenta corriente o de ahorro.
Si quieres saber más sobre los subtipos de visado dentro de estas dos categorías, puedes consultar el siguiente enlace y acceder a la información dentro de la categoría Study/Language training: https://www.visa.go.kr
Si después de estudiar las opciones de esas dos categorías todavía no encuentras la tuya, ponte en contacto con la Embajada para confirmar qué visado es el adecuado para ti.
Obtener la ciudadanía
Si llevas viviendo en Corea durante mucho tiempo, es posible que haya llegado el momento de solicitar la ciudadanía. Para ello, debes cumplir algunos requisitos. Algunas de estas condiciones para solicitar la ciudadanía en Corea son las siguientes:
- Haber vivido en Corea más de cinco años.
- Nacidos en el extranjero que hayan vivido en Corea 3 años o más si alguno de los padres nacieron o eran ciudadanos en Corea.
- Cónyuges de coreanos que han vivido en Corea más de dos años.
- Personas con alguno de los padres coreanos.
- Personas que han hecho una contribución especial a la República de Corea
- Extranjeros que acuden a Corea para casarse.
Otros datos y recomendaciones
- Los requisitos de los visados pueden variar por lo que consulta con la Embajada antes de solicitar tu visado para confirmar que la información sigue siendo vigente.
- La tramitación del visado suele tardar entre 2 o 3 semanas, por lo que deberás solicitarlo con mayor antelación.
- Si has solicitado un visado y durante tu estancia en Corea quieres cambiar las condiciones del mismo o solicitar una ampliación de tiempo por algún motivo, puedes solicitar ese cambio en la oficina de inmigración en Corea. Estos cambios deben hacerse antes de que venza el visado original.
- Si tiene mayores dudas sobre los visados de Corea del Sur puedes consultar la página web de la Embajada de la República de Corea en España: http://overseas.mofa.go.kr/es-es/wpge/m_8067/contents.do
- Para más consultas sobre visados, puedes consultar la siguiente dirección: hwgo16@mofa.go.kr